Este plan está vigente desde el año anterior en Guayaquil, aunque no fue posible definir la fecha del video que se publica en redes.
Un video publicado el miércoles, en Twitter, bajo la etiqueta #Urgente, alerta sobre una supuesta campaña electoral “con fondos públicos”. “Ahí está nuestra plata”, dice la persona que grabó este video, acompañado de un texto con la interrogante: “¿Estarán distribuyendo la nueva cerveza ‘Colorada’ de Viteri?
Esta publicación es engañosa: una fuente de la Alcaldía de Guayaquil consultada por Ecuador Chequea indicó que la situación registrada en el video corresponde a una campaña municipal de nutrición infantil, que inició el año anterior y no de promoción electoral de la candidata a la reelección Cynthia Viteri.
La fuente aclaró que en esta campaña, efectivamente, se utilizan vehículos municipales para el traslado y entrega de ‘kits nutritivos’, pero dijo que le era imposible verificar la fecha y el lugar donde se registró la caravana de camionetas que aparecen en el video.
Ecuador Chequea solicitó fotografías y videos oficiales de esta caravana, pero hasta el cierre de esta edición seguíamos a la espera de una respuesta.
Ecuador Chequea tampoco recibió una respuesta por parte del usuario responsable del video, al ser consultado, mediante un mensaje directo a sus cuentas en redes sociales, sobre su origen, fecha y lugar de grabación.
En el video, que dura apenas 10 segundos, se visualiza unos cartones, pero no se aprecia, efectivamente, lo que estos contienen.
Según un boletín del Municipio porteño publicado en octubre de 2022, este programa se denomina ‘Crecer’, tiene a 1.600 niños inscritos para la entrega de 584 mil desayunos en un año.
¿Qué dice la legislación vigente en esta materia?
El artículo 14 del Reglamento de Fiscalización y Control del Gasto Electoral, vigente desde noviembre de 2020, establece una prohibición expresa al uso de los recursos públicos en campañas electorales.
De manera textual, se establece:
Prohibición de uso de recursos y bienes del Estado
“Se prohíbe a los candidatos que ejerzan una función pública y, en general, a los funcionarios públicos, la utilización de recursos y bienes del Estado con fines electorales, en las campañas nacionales y locales de elección directa, revocatoria del mandato, consultas populares e inscripción de candidaturas.
“Está prohibida la publicidad o propaganda de las instituciones públicas en todos los niveles de Gobierno, a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impresos, salvo las excepciones que se detallan en el artículo 203 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia. Durante la campaña electoral está prohibido a las instituciones del Estado, la realización de eventos públicos con recursos estatales que implique la contratación de artistas internacionales”.
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