Dic 01

El presidente Noboa emitió un Decreto con el que derogó la tabla de consumo

Esta medida ha generado críticas, sobre todo para entender qué tan aplicable es en la Ley. La tabla de consumo limitaba las cantidades de sustancias de tenencia de un consumidor. 

El 24 de noviembre, el presidente Daniel Noboa dispuso al Ministerio del Interior que se derogue la tabla de consumo de drogas. También determinó que se desarrollen programas de información, prevención y control de sustancias estupefacientes.

Este decreto ha generado varios comentarios y este ha sido utilizado para crear distintos contenidos en redes sociales. Así, un video en Tik Tok asegura que “no se ha eliminado ninguna tabla de drogas”. En el clip, que dura cuatro minutos, se escucha al abogado constitucionalista José Chalco decir que esta tabla no se ha eliminado y que lo que ha señalado la Presidencia no es cierto. Calificamos este contenido como engañoso. Aunque, las declaraciones son reales, corresponden a una opinión del jurista y se hablaba de qué tan aplicable es el Decreto del Presidente.

El 28 de noviembre, el abogado Chalco dio una entrevista en Teleamazonas, en la que se analizaron varios temas sobre el Gobierno. En el espacio se evaluó el Decreto del primer mandatario sobre la tabla de consumo de drogas. José Chalco dijo que para ese documento hay que analizar los temas jurídicos, por lo que explicó que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que es requisito necesario tener una tabla referencial y que eso está en el 220.

“Es decir, usted no puede decir populistamente, demagógicamente, que va a derogar algo que la Ley expresamente requiere que lo tenga. ¿Y por qué requiere que lo tenga? Porque reconoce una realidad, nos guste o no nos guste, que existe un consumo y un tráfico de drogas en el país. ¿Cómo evita aquello? Sabiendo cuál es la tabla máxima de consumidores y cuándo desde ese umbral es una lógica de tráfico o microtráfico”, explicó

También dijo que para que este decreto sea aplicable, debe reformarse el COIP, a través de la Asamblea y que hay eliminar la necesidad de la tabla.

https://www.youtube.com/watch?v=DUYESwu_r0c

¿Qué tan aplicable es el decreto?

Ecuador Chequea realizó una nota sobre las implicaciones de este Decreto y consultó a varios juristas sobre el tema. María del Mar Gallegos, abogada penalista y docente universitaria, detalló:  “Lo que ha hecho Daniel Noboa con esto es empeorar la situación, porque quien va a tener la decisión de determinar si alguien es consumidor o microtraficante va a seguir siendo el juez; antes por lo menos existía una tabla referencial, como lo dijo la Corte Constitucional, que nos daba una idea de qué es consumidor y qué no es y ahora queda en la sala crítica del juez, lo que a mí me asusta también, porque esto podrá activar actos de corrupción”.

La abogada penalista, Paulina Araujo, agregó: “Creo que el presidente Noboa cumplió la promesa de campaña, ok, pero esto hay que hacerlo un poquito más meditado, porque, de cajón, hay que reformar el COIP, y el COIP quien lo reforma es la Asamblea; un Decreto Ejecutivo no reforma una Ley Orgánica y un decreto ejecutivo no reforma la Constitución”.

 ¿Qué era la tabla de consumo?

 La tabla de consumo fue creada en 2014, durante el gobierno de Rafael Correa, con el extinto Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep); allí a través de la resolución N°001 Consep-CD-2013, se puntualizó las cantidades máximas de ciertas sustancias que podía portar un consumidor.

Lo que se buscaba era que se pueda diferenciar entre un vendedor de drogas y un consumidor. Expertos coinciden que esta tabla era una referencia para poder identificar a quién consumía y de quién expendía estas sustancias.

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