Dic 04

La temporalidad, uno de los temas sin resolver en proyecto de Ley

Se prevé un intenso debate en el Pleno de la Asamblea entre grupos denominados provida y defensores de los derechos de las mujeres.

Con 8 votos a favor y 2 en contra, la Comisión de Justicia de la Asamblea aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley para la despenalización del aborto en casos de violación. La Asamblea tiene hasta el 28 de diciembre para aprobar la normativa que regule el procedimiento, en cumplimiento de la sentencia de la Corte Constitucional del 28 de abril, con la que legalizó el aborto por violación. 

Este primer informe deberá pasar al Pleno de la Asamblea para su debate, luego regresar a la Comisión para que incorpore las observaciones y prepare el informe para segundo y definitivo debate.

El proyecto de Ley elaborado por la Comisión tiene como base la propuesta de articulado que presentó la Defensoría del Pueblo. El primer informe consta de 63 artículos, dos disposiciones generales, seis transitorias, nueve reformatorias, y una disposición final.

Generalidades del contenido del proyecto 

  • Toda persona gestante cuyo embarazo sea producto de violencia sexual puede acceder a la interrupción legal y voluntaria del embarazo, sin discriminación. Se prestará atención especial y protección reforzada a las niñas, mujeres, adolescentes, personas con discapacidad, y personas gestantes, en situación de movilidad humana, presas; así como a las pertenecientes a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades en situación de múltiples vulnerabilidades. 
  • Los servicios de interrupción voluntaria del embarazo brindados en establecimientos públicos serán gratuitos. En los establecimientos privados, los costos del servicio se fijarán de acuerdo con las tablas establecidas por el ente rector de salud. 
  • El sistema de salud nacional deberá contar con un número suficiente de establecimientos capaces de realizar el procedimiento. Se garantizará suficiente personal de salud y profesional capacitado dispuesto a proporcionar este servicio en establecimientos públicos y privados; así como con los medicamentos e insumos médicos esenciales.
  • En caso de tener información del posible cometimiento de un delito sexual, la institución de salud deberá notificar a las autoridades judiciales competentes dentro de las 24 horas subsiguientes a la práctica del aborto, cuando haya sido producto de violación. 
  • El proyecto establece responsabilidades que deben asumir la Fiscalía, la Defensoría Pública, las juntas cantonales de protección, entre otras entidades.
  • Las niñas y adolescentes podrán consentir en forma autónoma respecto a someterse a la interrupción voluntaria del embarazo. 
  • Una vez recibida la solicitud de parte de la persona que desee practicarse el aborto por violación, el personal de salud tendrá 6 días plazo para realizar la intervención.

El personal de salud

  • No podrá imponer requisitos adicionales a los establecidos en la ley.  Tampoco podrá realizar juntas médicas, de revisión o de aprobación de un caso que haya llegado a conocimiento de un establecimiento de salud.
  • Estará prohibido que impida el acceso al aborto por violación en el caso de las personas con discapacidad requiriendo la presentación de autorizaciones, por vía de curadores o de terceros.
  • No se podrá alegar objeción de conciencia de forma colectiva e institucional, ni suscribir pactos individuales o conjuntos para negarse a practicar la interrupción del embarazo. 
  • El Estado garantizará que todos los servicios públicos y privados tengan personal de salud no objetor de conciencia.
  • El personal de salud tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia, pero debe mantener su decisión en los ámbitos público y privado.
  • En las zonas remotas, alejadas y de difícil acceso, cuando exista una víctima de violación que solicite la interrupción legal y voluntaria del embrazo, se deberá llevar a cabo el procedimiento, asegurando que sean los derechos de la víctima de violación los que prevalezcan.
  • No podrá negarse a la realización del aborto en caso de que la vida o salud de la niña, adolescente, mujer o persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.

Los puntos polémicos

El que no haya plazo para la realización del aborto, que se podría realizar en cualquier momento del embarazo; y que no sea necesaria la denuncia penal de la víctima para acceder el procedimiento son los puntos que varios legisladores han cuestionado en el proyecto de Ley.   

El movimiento feminista ha manifestado que no se puede establecer una temporalidad para la interrupción del embarazo, ya que son diferentes las condiciones fisiológicas de una mujer, con las de una adolencente o de una niña.

En relación a la falta de denuncia, la propuesta de la Comisión es que la institución de salud sea la que notifique de la posible violación, pero una vez que se haya cumplido el aborto. Para la asambleísta Sofía Espín, no presentar una denuncia sería dejar en la impunidad al agresor. Sin embargo, para los legisladores que apoyan el proyecto, obligar a que la víctima ponga la denuncia como condición para que se le practique el aborto, es revictimizarla. Además, parten del hecho de que gran parte de los agresores es del círculo cercano, y no en pocos casos familiares, lo que podría  incidir en su momento en la intención de denunciar. 

Son los temas que en el debate del Pleno podrían surgir alternativas para que la Comisión los incorpore en el informe para segundo debate.  

Las cifras

Entre el 29 de abril y el 12 de noviembre del 2021, Surkuna, organización que defiende los derechos de las mujeres, acompañó a 22 niñas, adolescentes y mujeres en el acceso al aborto legal por violación. De estas, 16 accedieron a un aborto legal en el sistema público de salud. En las cinco restantes se presentaron dificultades para el acceso en los servicios públicos por la solicitud de denuncia o la generación de un proceso revictimizante hacia ellas, por lo que optaron por buscar el servicio en el sistema privado de salud. En uno de los casos se descartó el posible embarazo; pero, se siguieron todos los protocolos para evaluar el estado de salud de la niña. 

Las las solicitudes de acceso a aborto legal se registraron en Pichincha (50%), Morona Santiago (18,10%), Azuay (13,64%), Sucumbíos (9,09%), Manabí (4,55%) y El Oro (4,55%). El 54,5% de los casos corresponde a niñas y adolescentes de entre 10 y 14 años de edad.

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