La medida influye especialmente en funcionarios públicos y candidatos de elección popular.
La tarde del 4 de octubre de 2021, el presidente, Guillermo Lasso, aseguró que no tiene vinculaciones ni es propietario de empresas en paraísos fiscales. Fue su respuesta a la publicación de los Papeles de Pandora, un trabajo de investigación periodística basado en filtración de documentos que revelan los nombres de cientos de personajes mundiales que tendrían o habrían tenido sus recursos en paraísos fiscales, llamados así ya que son países con beneficios tributarios “atractivos”, que no se dan en otros Estados.
#URGENTE Tras su reunión con la Conaie, el presidente, Guillermo Lasso, insiste en que no tiene bienes o empresas en paraísos fiscales. Esto, como respuesta a la publicación de los Papeles de Pandora. pic.twitter.com/Os9iDjhwdd
— ecuadorenvivo (@ecuadorenvivo) October 4, 2021
En Ecuador, la prohibición de tener recursos en paraísos fiscales tuvo su origen en la consulta popular de febrero de 2017, en la que se consultó a la población si estaba de acuerdo en que para desempeñar una dignidad de elección popular o para ser servidor público, se estableciera como prohibición tener bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales. El sí se impuso con el 55,12% de los votos, según el registro del Consejo Nacional Electoral.
Por mandato de la propia consulta popular, a partir de la proclamación de resultados, los funcionarios que tenían bienes y capitales de cualquier naturaleza en paraísos fiscales debían deshacerse en el plazo de un año de esos recursos; de lo contrario, podían ser destituidos del cargo.
El analista tributario Ricardo Solís recuerda que hasta la consulta popular y su aplicación un año después (2018), para los servidores públicos e inclusive para los candidatos a elección popular, no estaba prohibido ni constituía un delito tener capitales o bienes en los llamados paraísos fiscales. “Se podía decir que no era ético, se les cuestionaba porque no confiaban en el país y por eso sacaban su dinero al exterior, que se aprovechaban de beneficios, pero definitivamente no era delito ni prohibido”, dijo.
Pero, además, a través de la consulta se ordenó que la Asamblea reformara la Ley Orgánica de Servicio Público, el Código de la Democracia y las demás leyes que fueran pertinentes, a fin de recoger la nueva disposición.
Meses después de aprobada la consulta popular, se publicó en el Registro Oficial N. 75, del 8 de septiembre de 2017 la Ley Orgánica para aplicación de la consulta popular, con lo que entran en vigencia una serie de disposiciones.
Es en esta normativa donde ya se define legalmente lo que son paraísos fiscales: “(…) facilitan el aumento de la concentración de la riqueza y ahondan las desigualdades sociales, habilitan a los que más poseen para mover su riqueza a lugares donde no tienen que declararla y así evitar cargas fiscales, en perjuicio de sus conciudadanos, para pagar menos en proporción a su renta, contribuyendo así a agravar la desigualdad”.
Y se define el ámbito de aplicación de esta Ley:
- A las personas que ostenten una dignidad de elección popular.
- A las personas que sean consideradas como servidoras o servidores públicos.
- A las personas que sean candidatas o se encuentren postulando para un cargo público de elección popular.
- A las personas que aspiren a ingresar al servicio público.
Todas estas personas tienen prohibido, desde ese momento, ser dueños directos o indirectos de bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en jurisdicciones o regímenes considerados como paraísos fiscales. Tampoco podrán ostentar condición de directivos en sociedades establecidas, constituidas o domiciliadas en tales jurisdicciones o regímenes.
Con la estructura general de la Ley se realizaron cambios en normativa especializada. Por ejemplo, en el Código de la Democracia, cuyo artículo 96 numeral 9 contempla que no podrán ser candidatos a elección popular quienes tengan bienes o capitales de cualquier naturaleza en paraísos fiscales.
¿Cómo terminó legislando el país sobre paraísos fiscales?
En agosto de 2016 la Comisión de Justicia de la Asamblea concluyó el informe sobre la investigación de las empresas “offshore” constituidas por personas ecuatorianas en paraísos fiscales. Investigación que se inició a raíz de la publicación de los Papeles de Panamá, que dio datos similares a los de los Papeles de Pandora.
Una de las observaciones realizadas por la Comisión fue que funcionarios públicos del correísmo, como Carlos Pareja Yannuzzelli y Álex Bravo (hoy con condena por corrupción), entre otros, mantuvieron vinculaciones con sociedades “offshore” en paraísos fiscales.
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