Dic 03

#Sí, pero: “La lista uno de Correa no queda en firme”

Desde el 29 de noviembre se difunde una imagen relacionada a la candidatura de la alianza Unión por la Esperanza (UNES) y hasta el momento ha recibido 16.000 visualizaciones en Facebook. En la publicación indica que “la lista uno de Correa no queda en firme, pasan trámite de impugnación al Consejo Nacional Electoral”. La información es real, pero la candidatura de este binomio nunca ha estado en firme y al momento el CNE es quien debe resolver la participación del binomio presidencial. 

El 30 de octubre de 2020, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió calificar al binomio de la UNES Lista 1-5 para las elecciones de 2021, una vez cumplido el plazo para reemplazar al candidato para la vicepresidencia. Eso no significó que esté calificado en firme. 

Existía la objeción presentada por Michael Aulestia, presidente del movimiento Ahora, en contra de Carlos Rabasbal, candidato vicepresidencial, pero en la resolución del  CNE  No. PLE-CNE-83-30-10-2020 fue negada. Mientras que la petición interpuesta por el Coronel Carlos Arboleda Heredia y doctor Wilson Freire Castro, no fue admitida por el CNE argumentando que no tienen legitimidad activa, basada en el art. 244 de la Ley Orgánica electoral y de Organizaciones Políticas del Ecuador

Arboleda y Freire comparecieron, en calidad de ciudadanos basándose en el Artículo 66 numeral 23 de la Constitución para solicitar la revocatoria de la decisión del CNE de aceptar las candidaturas provenientes de Centro Democrático y Fuerza Compromiso Social, que conforman la alianza UNES. Esto consta en la resolución del CNE  No. PLE-CNE-83-30-10-2020 del 30 de octubre de 2020. El CNE no dio trámite, por falta de legitimación activa. 

Luego, el recurso pasó ante el Tribunal Contencioso Electoral, y el 18 de noviembre se da trámite a la impugnación presentada por Arboleda y Freire, en contra del binomio presidencial Arauz – Rabascall.

Los hechos en los que se basa la  impugnación tienen que ver con el informe de la  Controlaría Nro. DNA1-0053-2019 relacionadas con la inscripción del Movimiento Fuerza Compromiso Social, y las acciones adoptadas por el CNE, según lo señala en el documento de la sentencia del TCE del  29 de noviembre.

El informe de contraloría del 18 de agosto de 2019, observa que los Movimientos Nacionales como Fuerza Compromiso Social incumplió con el requisito institucional para su inscripción al no alcanzar el registro de adherentes, del 1,5% del registro electoral utilizado en el último proceso electoral.

El 29 de noviembre, en la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral acepta parcialmente el recurso subjetivo contencioso electoral, interpuesto por Arboleda y Freire porque determina que el CNE hizo un solo informe para resolver las impugnaciones de Michael Aulestia y de Arboleda y Freire. Entonces dispone al CNE que, una vez ejecutoriada la sentencia del TCE, en el plazo de 3 días resuelva la petición presentada por los dos ciudadanos.  

Ante esta resolución, el binomio de la UNES presentó este 2 de diciembre una queja ante el Comité de Derechos Políticos y Civiles de Naciones Unidas.