Sep 13

La Legislación ecuatoriana ya cuenta con dos regímenes laborales.

Están vigentes el Código de Trabajo y la Ley de Servicio Público. La  Ley de oportunidades sería una tercera normativa.

El presidente de la República, Guillermo Lasso, en entrevista a Diario El Universo, y en otros medios, ha manifestado que el país puede manejarse con dos marcos distintos en materia laboral. El uno es el vigente Código de Trabajo y el otro sería la Ley de Oportunidad Laboral, que presentará a la Asamblea. El anuncio es impreciso, ya que, en estricto sentido de regulación en materia laboral, en la Legislación vigente ya hay dos sistemas que rigen las relaciones entre empleados y empleadores. El uno es el Código de Trabajo y el otro es la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), por lo que la Ley de Oportunidad Laboral sería una tercera alternativa en esa materia. 

Miguel Ángel Puente, experto en materia laboral, explica que el Código de Trabajo regula a los trabajadores en general mientras que la Losep regula la relación entre los empleados públicos y las entidades gubernamentales. 

En ese contexto, Puente considera que la propuesta de Lasso estará enfocada a modalidades contractuales para el sector privado, donde está el reto de generar plazas de trabajo. “Coexistirían el Código de Trabajo, la Losep y esta Ley de Oportunidades que buscará implementar modalidades que faciliten la contratación de quienes hoy no tienen empleo”, manifestó.

Algunos argumentos 

El sindicalismo tradicional se opone a la Ley de Oportunidades. Ángel Sánchez, presidente del Frente Unitario de Trabajadores (FUT), aseguró que la propuesta de Ley estaría creando trabajadores de primera y de segunda, y que el Gobierno pretende eliminar la jubilación patronal, las indemnizaciones y otros beneficios ya adquiridos.

Sin embargo, Puente manifestó que es viable que se implemente la Ley propuesta por el Ejecutivo, que, de lo anunciado, estará enfocada en dar una oportunidad  a quien no tiene empleo, por lo que sería ideal si logra ese objetivo, ya que, por sí sola, una normativa no genera plazas laborales o reactivación económica.

Sobre las inquietudes de los sindicalistas de que se perderían algunos beneficios, el analista recordó que ninguna Ley es retroactiva, se aplica para lo venidero. “Si se establecen nuevas condiciones para la contratación laboral, esas no van  a aplicarse para quienes hoy ya tienen una relación laboral. Esas condiciones ya existentes seguirán siendo reguladas por el Código de Trabajo y de  esa manera se evita que se precarice o se quiten derechos a los trabajadores”, manifestó.

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