El candidato presidencial por la alianza Centro Democrático, Andrés Arauz, publicó el 28 de marzo de 2021 un video en su cuenta de Twitter en el que señala que el candidato de la alianza CREO-PSC, Guillermo Lasso estaría utilizando los fondos de los depositantes del Banco Guayaquil para financiar su campaña electoral. Esta información es falsa.
La campaña sucia de Guillermo Lasso se está financiando con el fruto de los ahorros de millones de ecuatorianos y ecuatorianas del Banco de Guayaquil. Ya hemos presentado la denuncia penal, a ese delito que se llama peculado bancario.#ElPaisOLaBanca pic.twitter.com/dZIaeGjOvl
— Andrés Arauz (@ecuarauz) March 29, 2021
“(…) por el hecho de que se está financiando la campaña sucia de Guillermo Lasso con recursos del Banco de Guayaquil. Esos no son recursos privados de él, ese no es su patrimonio, esa no es su riqueza. Es el fruto de ahorros de millones de ecuatorianos que tiene sus depósitos en dicho banco. Están afectando a los depositantes y están afectando a los accionistas minoritarios. Eso está penado por la ley ecuatoriana, por el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal y se llama peculado bancario”, afirmó Arauz en el video.
Tras esta publicación, el Banco Guayaquil emitió un comunicado que señala: “En relación a los videos que circulan en redes sociales y que pretenden maliciosamente vincular nuestra entidad con campañas políticas, aclaramos que esa información es totalmente falsa”. Además, la entidad financiera denuncia el uso ilegal de su imagen y contenido malicioso que busca desinformar a la ciudadanía.
COMUNICADO IMPORTANTE pic.twitter.com/wgIgnPwLj8
— Banco Guayaquil (@BancoGuayaquil) March 29, 2021
El artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el peculado como un delito de administración pública y que los servidores públicos y personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, en beneficio propio o de terceros; abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos o privados, efectos que los representen, piezas, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo, serán sancionados con pena privativa de libertad de diez a trece años.
El abogado Gabriel Almeida señala que “el peculado es un delito contra la administración pública que puede ser perpetrado por servidores públicos cuando existe malversación de fondos públicos. Por lo tanto, el delito de peculado, si bien tradicionalmente se lo ha reservado al sector público y sus titulares, el ámbito de responsabilidad penal desde las reformas al COIP ha sido efectivamente ampliado hacia el sector financiero”
El experto señala que el llamado peculado bancario podría tener una denominación más doctrinaria que legal. “Conforme la doctrina, se define como un tipo penal en el que accionistas, funcionarios, parientes, empleados y en general quienes participen de la Junta de Accionistas de una entidad financiera, abusan de sus funciones actuando y disponiendo deliberadamente de créditos, fondos, bienes o títulos. No es la propia norma la que lo denomina como peculado bancario, sino es más bien una extensión semántica hacia el sector financiero, de las consecuencias prescritas para dicho tipo penal”, aclaró Almeida.
Aunque, el abogado recalca que el tema es complicado pues si cabe el caso y se desea denunciar este tipo de conductas delictivas, tendrá que pasar por el proceso investigativo, acusatorio y judicial declarativo, sobre la base de una serie diversa de actos procesales complejos. Además reiteró que, si no se prueba judicialmente, no se puede adelantar declaraciones que más bien, pueden tener otro tipo de consecuencias negativas fuera de lo jurídico, hacia lo político y económico.
“De manera que, para configurarse el llamado peculado bancario, tendrían que verificarse una serie de presupuestos fácticos y jurídicos en donde el control del curso causal delictivo sea controlado por los sujetos calificados de dicho tipo penal, que no serían suficientemente satisfechos, con una simple afirmación o acusación de forma pública, pues se tiene el peligro de incurrir en una acusación infundada, temerosa y maliciosa”, explicó el abogado.
Lasso renunció a la presidencia del Banco de Guayaquil en 2012, por lo que legalmente no podría establecerse una responsabilidad en su contra directamente. Almeida explicó que la denuncia debería dirigirse a la institución financiera, Banco de Guayaquil, o específicamente en contra de uno o varios de sus funcionarios o accionistas actuales, conforme requiere el tipo penal.
El jurista indicó que “las acusaciones del candidato Arauz, podrían desembocar en un delito de pánico financiero, tipificado en el artículo 322 del Código Orgánico Integral Penal. Esto es, brevemente, cuando una persona divulga noticias falsas, que causen alarma en la población y provocan el retiro masivo de los depósitos de una Institución Financiera (en este caso el Banco de Guayaquil)”. La sanción por este delito es una pena privativa de libertad es de 5-7 años.
Ecuador Verifica solicitó más información al equipo de Andrés Arauz respecto a la denuncia explicada en el video. Sin embargo, hasta el cierre de esta nota no se ha obtenido una respuesta.
Hasta el momento no se registra públicamente la denuncia señalada por Arauz. En el sitio web del Consejo de la Judicatura buscamos los procesos judiciales en contra del candidato, Guillermo Lasso, pero no se encontraron resultados correspondientes a la denuncia señalada por Arauz. También verificamos si alguna de las denuncias presentadas por Arauz corresponden al Banco de Guayaquil, pero tampoco se obtuvo ningún resultado.
El equipo del candidato por la alianza CREO-PSC manifestó que de su parte todavía no se ha emitido ningún pronunciamiento al respecto. Hasta el cierre de esta nota, Guillermo Lasso tampoco se ha pronunciado respecto a este tema.
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